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TRIBUTACIÓN DEL PREMIO DE LA LOTERÍA DEL NIÑO

  • Foto del escritor: IRM Abogados & Asesores
    IRM Abogados & Asesores
  • 5 ene 2022
  • 2 Min. de lectura

Actualizado: 10 ago


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¿Quieres saber cómo tributa el premio del Sorteo Extraordinario del Niño?


La Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio (en adelante, “LIRPF”), establece en su Disposición Adicional trigésima tercera, un gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas.


En este sentido, están sujetas a este gravamen especial los premios:

  1. De las loterías y apuestas organizadas por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado y por los órganos o entidades de las Comunidades Autónomas, así como de los sorteos organizados por la Cruz Roja Española y de las modalidades de juegos autorizadas a la Organización Nacional de Ciegos Españoles;

  2. De las loterías, apuestas y sorteos organizados por organismos públicos o entidades que ejerzan actividades de carácter social o asistencial sin ánimo de lucro establecidos en otros Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo y que persigan objetivos idénticos a los de los organismos o entidades señalados en la letra anterior.

Dicho lo anterior, el premio obtenido de la lotería del “Niño”, está sujeto a este gravamen especial, estando exentos los premios cuyo importe íntegro sea igual o inferior a 40.000 euros.


Los premios cuyo importe íntegro sea superior a 40.000 euros se someterán a tributación respecto de la parte del mismo que exceda de dicho importe, siendo el porcentaje de retención o ingreso a cuenta del 20 por 100, siendo este coincidente con el tipo de gravamen.


Finalmente, y en el en el supuesto de que el premio fuera de titularidad compartida, la cuantía exenta prevista de 40.000 euros, se prorrateará entre los cotitulares en función de la cuota que les corresponda, así como la base imponible.


Si desea saber más sobre esta u otras cuestiones relacionadas con el derecho tributario, en IRM Abogados tenemos un equipo de expertos en la materia dispuestos a asesorarle.

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