Aplaza, fracciona
o suspende tu
deuda con Hacienda
Cuando recibes una deuda tributaria, tienes derechos que muchos desconocen. En IRM Abogados ofrecemos soluciones seguras y legales para aplazar, fraccionar o suspender deudas tributarias mediante garantías inmobiliarias conforme a la normativa vigente.
- Has recibido una liquidación o sanción de la AEAT
- No puedes pagar el importe de golpe
- Temes un embargo de cuentas o bienes
- Tienes una reclamación o recurso pendiente
- Podemos ayudarte. Primera consulta gratuita.
¿Qué es el aplazamiento, el fraccionamiento
y la suspensión de deuda?
La AEAT no solo recauda: también tiene mecanismos legales que permiten a los contribuyentes gestionar sus deudas de forma ordenada. Conocerlos y usarlos correctamente marca la diferencia entre proteger tu patrimonio o perderlo.
Aplazamiento de deuda
El aplazamiento permite mover el pago de tu deuda tributaria a una fecha futura. La AEAT acepta aplazar la deuda cuando demuestras que tu situación económica no te permite afrontarla en el plazo voluntario.
Fraccionamiento de deuda
El fraccionamiento divide la deuda en cuotas periódicas. A diferencia del aplazamiento, el fraccionamiento distribuye el importe en mensualidades, adaptando el pago a tu capacidad económica real.
Suspensión de la deuda
La suspensión paraliza temporalmente la ejecución de la deuda mientras se tramita un recurso o reclamación. Es la herramienta más potente: detiene embargos y actuaciones ejecutivas de la AEAT mientras discutes la legalidad o el importe de la deuda.
Los plazos son críticos
En derecho tributario, los plazos para actuar son muy cortos y su incumplimiento puede ser irreversible. Una vez vencido el período voluntario, Hacienda puede embargar.
Resolvemos todo tipo de
deudas tributarias
Tanto si la deuda proviene de una inspección, una autoliquidación o una sanción, nuestra especialización fiscal nos permite actuar con eficacia.
IRPF
Deudas por liquidaciones paralelas, comprobaciones de IRPF o errores en autoliquidaciones. Aplazamos o recurrimos según el caso.
Impuesto sobre Sociedades
Deudas derivadas de ajustes de la AEAT, gastos no deducibles o diferencias en la base imponible de personas jurídicas.
IVA
Deudas por cuotas de IVA no ingresadas, diferencias en deducciones o regularizaciones de la AEAT.
Inspecciones, comprobaciones, derivaciones...
Representación y defensa ante inspecciones, comprobaciones limitadas y procedimientos de derivación de responsabilidad tributaria.
¿En qué momento debes contactarnos?
Cuanto antes actúes, más opciones tienes. Estos son los tres escenarios más habituales de nuestros clientes.
Acabas de recibir una notificación de Hacienda
Aún estás en plazo voluntario. Tienes margen para solicitar el aplazamiento o fraccionamiento con las mejores condiciones posibles y sin recargos adicionales.
URGENTE — actúa esta semanaLa deuda ha entrado en período ejecutivo
Hacienda ya puede embargar. Todavía es posible suspender las actuaciones ejecutivas con garantías adecuadas o impugnando el procedimiento, pero el tiempo apremia.
IMPORTANTE — no esperes másAnticipas dificultades de pago próximas
Sabes que no podrás hacer frente al próximo IRPF, IVA o cuota de Sociedades. La planificación previa permite negociar desde una posición mucho más favorable.
PREVENTIVO — planifica con tiempoEl proceso paso a paso,
sin complicaciones
Nos encargamos de todo el procedimiento ante la AEAT. Tú nos cuentas tu situación y nosotros gestionamos el resto.
Consulta gratuita
Analizamos tu caso sin coste ni compromiso y te decimos exactamente qué opciones tienes.
Análisis de la deuda
Revisamos la notificación, los plazos y la documentación para definir la mejor estrategia.
Preparación del expediente
Redactamos y presentamos la solicitud ante la AEAT con todos los justificantes necesarios.
Negociación y seguimiento
Negociamos las condiciones con la AEAT y te mantenemos informado en cada etapa del proceso.
Resolución y cierre
Obtenemos la resolución favorable y te acompañamos hasta el cierre completo del expediente.
Lo que nos diferencia
en garantías tributarias
- →Embargo de cuentas bancarias
- →Embargo de nómina o pensión
- →Anotación de embargo sobre inmuebles
- →Recargos del 5%, 10% o 20% sobre la deuda original
- →Intereses de demora
- ✓Paralizar embargos
- ✓Pagar en cómodas cuotas mensuales
- ✓Suspender la deuda mientras se recurre
- ✓Proteger tu patrimonio y el de tu empresa
Todo lo que necesitas saber sobre
aplazamientos y garantías
Las preguntas que más nos hacen nuestros clientes antes de la primera consulta.
¿Cuánto tarda en resolverse una solicitud de aplazamiento?+
¿Necesito presentar garantías para aplazar mi deuda?+
¿Se pueden aplazar todos los impuestos?+
¿Qué ocurre si ya me han embargado la cuenta?+
¿Cuánto cuesta solicitar un aplazamiento con IRM?+
¿Puedo solicitar aplazamiento si ya tengo deudas anteriores?+
con Hacienda?
Cuéntanos tu caso
Analizamos tu situación sin coste y te decimos exactamente qué opciones tienes. Sin compromiso, sin letra pequeña. Te respondemos en menos de 24 horas.