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Deducción del 20% en Madrid para nuevos residentes extranjeros

  • hace 4 días
  • 2 Min. de lectura
Deducción en Madrid para nuevos residentes extranjeros

La Comunidad de Madrid ha incorporado una deducción especialmente relevante para atraer inversión internacional: la deducción por inversiones de nuevos contribuyentes procedentes del extranjero.


Se trata de un incentivo fiscal que puede suponer un ahorro importante en el IRPF, siempre que se cumplan determinados requisitos.


¿En qué consiste esta deducción?


La normativa del IRPF permite aplicar una deducción del 20% sobre el valor de adquisición de determinadas inversiones, incluyendo los gastos y tributos asociados (excluyendo intereses).


Esta deducción se aplica sobre:


  • Valores representativos de la cesión a terceros de capitales propios

  • Participaciones en fondos propios de entidades


Es decir, afecta principalmente a inversiones financieras y participaciones empresariales.


¿Quién puede beneficiarse?


Esta deducción está pensada para atraer nuevos contribuyentes a la Comunidad de Madrid.


Para poder aplicarla, es necesario:


✔️ Trasladar la residencia fiscal a Madrid

✔️ No haber sido residente en España durante los 5 años anteriores

✔️ Adquirir la condición de contribuyente del IRPF


Además, el contribuyente deberá mantener su residencia fiscal en Madrid durante el periodo exigido.


Requisitos que debe cumplir la inversión:


No cualquier inversión permite aplicar esta deducción. La normativa exige que:


📌 Se realice en el ejercicio en que se adquiere la residencia fiscal o en el siguiente

📌 También puede haberse realizado el año anterior en determinados casos

📌 La inversión debe mantenerse durante un plazo de 6 años


Además:


  • La entidad no puede estar domiciliada en un paraíso fiscal

  • La participación del contribuyente no puede superar el 40% del capital social

  • El contribuyente no puede ejercer funciones de dirección ni tener relación laboral con la entidad


Plazo de aplicación de la deducción:


La deducción puede aplicarse:


📅 En el ejercicio en que se realiza la inversión

📅 O en los 5 ejercicios siguientes, en caso de insuficiencia de cuota


Pérdida del derecho a la deducción:


Es importante tener en cuenta que se perderá el derecho a la deducción si:


❌ Se pierde la residencia en la Comunidad de Madrid antes del plazo exigido

❌ No se mantiene la inversión durante el periodo obligatorio

❌ Se incumplen los requisitos establecidos


Esta deducción es incompatible con otras deducciones autonómicas relacionadas con:


  • Inversión en nuevas entidades

  • Inversión en entidades del mercado alternativo bursátil


No obstante, su aplicación exige un análisis detallado de los requisitos, ya que un incumplimiento puede implicar la pérdida del beneficio fiscal.


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